Artículo 551 del Estatuto Tributario — Caso en que no es aplicable el ajuste
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Estatuto Tributario · Libro Cuarto — Impuesto de timbre nacional · Título X — Disposiciones varias · Decreto 624 de 1989
No se aplicará el ajuste previsto en los artículos 548 y 549 a las tarifas que aparecen por parejas de cifras en pesos o centavos por cada cien pesos ($100), cada mil pesos ($1.000), etc.
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