Artículo 512 del Estatuto Tributario — Normas aplicables a las cervezas de producción nacional
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Estatuto Tributario · Libro Tercero — Impuesto sobre las ventas · Título IX — Procedimientos y actuaciones especiales en el impuesto sobre las ventas · Decreto 624 de 1989
El impuesto sobre las ventas aplicable a las cervezas de producción nacional, y que se liquida conjuntamente con el impuesto al consumo de este producto, se continúa rigiendo por las normas sobre la materia, vigentes con anterioridad al 29 de diciembre de 1.983.
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