Artículo 512-20 del Estatuto Tributario — Tarifas del impuesto nacional al consumo de cannabis
Texto de referencia del catálogo de normatividad. Ver la ficha completa →
Estatuto Tributario · Libro Tercero — Impuesto sobre las ventas · Título IX — Procedimientos y actuaciones especiales en el impuesto sobre las ventas · Decreto 624 de 1989
Artículo adicionado por el artículo 212 de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:
La tarifa del impuesto nacional al consumo de cannabis será del dieciséis por ciento 16%, del valor del producto final en cualquier de sus presentaciones.
Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 512-20 del Estatuto Tributario
¿Lo estás aplicando a un caso concreto, o te topaste con una interpretación distinta de la DIAN? Cuéntalo aquí abajo: es lo que no está en el texto de la norma y es lo que busca quien llega a este artículo.