Artículo 511 del Estatuto Tributario — Discriminación del impuesto en la factura
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Estatuto Tributario · Libro Tercero — Impuesto sobre las ventas · Título IX — Procedimientos y actuaciones especiales en el impuesto sobre las ventas · Decreto 624 de 1989
Aparte tachado derogado por el artículo 69 de la Ley 863 de 2003
Los responsables del impuesto sobre las ventas deberán entregar factura o documento equivalente por todas las operaciones que realicen y sólo deberán discriminar el impuesto en los casos contemplados en el artículo 618.
Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 511 del Estatuto Tributario
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