Artículo 482 del Estatuto Tributario — Las personas exentas por ley de otros impuestos no lo estan del impuesto sobre las ventas
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Estatuto Tributario · Libro Tercero — Impuesto sobre las ventas · Título VI — Bienes exentos · Decreto 624 de 1989
Fuente original compilada: D.1988/74 Art. 9o.
Las personas declaradas por ley exentas de pagar impuestos nacionales, departamentales o municipales, no están exentas del impuesto sobre las ventas.
Ficha del artículo en la sección de normatividad: Artículo 482 del Estatuto Tributario
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