Artículo 356 del Estatuto Tributario — Tratamiento especial para algunos contribuyentes

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Estatuto Tributario · Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios · Título VI — Regimen tributario especial · Decreto 624 de 1989

Artículo modificado por el artículo 146 de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:

Los contribuyentes a que se refiere el artículo 19 que sean calificados en el Registro Único Tributario como pertenecientes a Régimen Tributario Especial, están sometidos al impuesto de renta y complementarios sobre el beneficio neto o excedente a la tarifa única del veinte por ciento (20%).


Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 356 del Estatuto Tributario

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