Artículo 305 del Estatuto Tributario — En premios en titulos de capitalización
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Estatuto Tributario · Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios · Título III — Ganancias ocasionales · Capítulo I — Ingresos susceptibles de constituir ganancia ocasional · Las utilidades originadas en la liquidación de sociedades · Decreto 624 de 1989
Fuente original compilada: D. 2348/74 Art. 1o. Inciso 1o.
Para quienes resultaren favorecidos en un sorteo de títulos de capitalización, será ganancia ocasional solamente la diferencia entre el premio recibido y lo pagado por cuotas correspondientes al título favorecido.
Ficha del artículo en la sección de normatividad: Artículo 305 del Estatuto Tributario
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