Artículo 260-9 del Estatuto Tributario — Obligación de presentar declaración informativa
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Estatuto Tributario · Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios · Título I — Renta · Capítulo XI — Precios de transferencia · Artículo · Decreto 624 de 1989
Artículo modificado por el artículo 119 de la Ley 1607 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, obligados a la aplicación de las normas que regulan el régimen de precios de transferencia, cuyo patrimonio bruto en el último día del año o período gravable sea igual o superior al equivalente a cien mil (100.000) UVT o cuyos ingresos brutos del respectivo año sean iguales o superiores al equivalente a sesenta y un mil (61.000) UVT, que celebren operaciones con vinculados conforme a lo establecido en los artículos 260-1 y 260-2 de este Estatuto, deberán presentar anualmente una declaración informativa de las operaciones realizadas con dichos vinculados.
Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 260-9 del Estatuto Tributario
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