Artículo 221 del Estatuto Tributario — Intereses por enajenación de inmuebles destinados a la reforma urbana
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Estatuto Tributario · Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios · Título I — Renta · Capítulo VII — Rentas exentas · Intereses · Decreto 624 de 1989
Porcentaje de renta exenta modificado por el artículo 5 de la Ley 863 de 2003, ver Nota de Vigencia. El texto original del Artículo es el siguiente:
Los intereses corrientes y moratorios, que reciban los propietarios de las entidades que adquieran los inmuebles, por negociación voluntaria o por expropiación, de que trata la Ley 9o. de 1989, gozarán de la exención del impuesto de renta y complementarios para sus beneficiarios.
Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 221 del Estatuto Tributario
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