Artículo 609 del Estatuto Tributario
Contenido de la declaración de timbre
Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales Título II — Deberes y obligaciones formales Capítulo II — Declaraciones tributarias Declaración de renta y complementarios
Este artículo está derogado. No está vigente. Sigue publicado porque hace falta para revisar declaraciones de años anteriores y para entender de dónde viene la norma que lo reemplazó.
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
Este artículo está derogado y no se aplica. Artículo derogado por el artículo 140 de la Ley 6 de 1992.
<Artículo derogado por el artículo 140 de la Ley 6 de 1992>
Notas de vigencia
- Artículo derogado por el artículo 140 de la Ley 6 de 1992, publicada en el Diario Oficial No 40.490, de 30 de junio de 1992.
Legislación anterior
Ojo: lo que sigue es texto derogado o sustituido. Se conserva porque sirve para leer una declaración de un año anterior o para seguir la discusión de un proceso, no para liquidar con él.
Texto original del Estatuto Tributario:
ARTÍCULO 609. CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN DE TIMBRE. La declaración del impuesto de timbre deberá contener:
El formulario, que para el efecto señale la Dirección General de Impuestos Nacionales, debidamente diligenciado.
La descripción del documento o acto sometido al impuesto, con indicación de su fecha y cuantía.
La identificación de las personas o entidades que intervienen en el documento o acto.
La liquidación privada del impuesto de timbre, incluidas las sanciones e intereses, cuando fuere del caso.
La constancia del pago de la totalidad del impuesto, sus sanciones e intereses.
La firma de quien presenta la declaración del impuesto de timbre.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
Esta ficha reproduce el texto tal como lo publica la fuente citada y se actualiza cuando la fuente se actualiza. Ante cualquier duda manda la edición oficial, y nada de esto es asesoría profesional.