Artículo 26 del Estatuto Tributario
Los ingresos son base de la renta líquida
Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios Título I — Renta Capítulo I — Ingresos
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
La depuración ordinaria del impuesto de renta: de los ingresos se restan devoluciones, ingresos no constitutivos de renta, costos y deducciones hasta llegar a la renta líquida. Es el esqueleto de toda declaración.
Fuente original compilada: D. 2053/74 Art. 15
La renta líquida gravable se determina así: de la suma de todos los ingresos ordinarios y extraordinarios realizados en el año o período gravable, que sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, y que no hayan sido expresamente exceptuados, se restan las devoluciones, rebajas y descuentos, con lo cual se obtienen los ingresos netos. De los ingresos netos se restan, cuando sea el caso, los costos realizados imputables a tales ingresos, con lo cual se obtiene la renta bruta. De la renta bruta se restan las deducciones realizadas, con lo cual se obtiene la renta líquida. Salvo las excepciones legales, la renta líquida es renta gravable y a ella se aplican las tarifas señaladas en la ley.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
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