Empresa que presta servicios en tres municipios: ¿dónde declara el ICA?

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Una empresa de mantenimiento industrial con sede en Medellín presta servicios en Bogotá, Cali y Barranquilla. No tiene establecimiento en esas ciudades: van los técnicos, hacen el trabajo y vuelven.

¿El ICA se declara en el municipio de la sede o en cada municipio donde se ejecutó el servicio?

Los clientes de Bogotá ya le están practicando retención de ICA, así que algo hay que hacer allá.

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El ICA es territorial: se causa donde se realiza la actividad, no donde está la sede.

Para servicios, la regla general es que el ingreso se atribuye al municipio donde se ejecuta el servicio. Entonces sí, hay obligación en cada municipio donde presta el servicio, aunque no tenga establecimiento.

Lo que toca hacer:

  1. Inscribirse en cada municipio donde tenga actividad gravada.
  2. Declarar en cada uno los ingresos atribuibles a ese territorio.
  3. Descontar las retenciones de ICA que le practicaron allá.

El trabajo duro es la atribución: necesitas que la facturación identifique dónde se prestó cada servicio. Si la facturación no lo dice, no tienes cómo sustentar el reparto.

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Y las tarifas y calendarios cambian por municipio. Bogotá tiene su propio calendario y sistema. Toca revisarlos uno por uno, no hay atajo.